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Foto del escritorJuan Pablo Burgos

¿Qué son los Pandora Papers?

Los “Pandora Papers” es la filtración de secretos financieros más grande hasta la fecha contando con un aproximado de 11.9 millones de documentos expuestos los cuales reposaban principalmente en 14 proveedores de servicios off-shore y estudios jurídicos.


La publicación de tales documentos fue realizada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) el 2 de octubre de 2021 el cual, para el capítulo colombiano, cuenta con la afiliación de periodistas afiliados a el Tiempo, CONNECTAS, Univisión y Noticias UNO.


¿CUÁL ES EL CONTENIDO DE LOS PANDORA PAPERS?


El Contenido de los Pandora Papers consiste principalmente en una serie de actividades comerciales llevadas a cabo en “paraísos fiscales” donde se han visto involucrados una serie de empresarios, políticos y personalidades públicas.


Algunas de las personalidades colombianas más destacadas que señalan los Pandora Papers son los expresidentes Cesar Gaviria y Andrés Pastrana, el actual director de la DIAN Lisandro Junco, los exministros Guillermo Botero, Ginna Parody y Fernando Araújo Perdomo, etc.


¿QUÉ ES UN PARAISO FISCAL?


Un paraíso fiscal, según la Organización Mundial del Comercio (OMC) es un país o territorio con pocos o nulos tributos, falta de trasparencia, limitada posibilidad de intercambio de información para propósitos fiscales y la existencia de rebajas impositivas a los no residentes.


Así mismo, es común que en un paraíso fiscal existan dos regímenes fiscales claramente diferenciados y separados; uno que afecta a residentes y empresas locales, y otro, que otorga ventajas fiscales a no residentes.


ELUSIÓN VS EVASIÓN FISCAL


Por norma general, tener cuentas o activos vinculados a una persona o empresa dentro de un paraíso fiscal no constituye delito. La verdadera falta, para el caso colombiano, es la omisión de declarar los activos que una persona determinada posea tal como lo señala el artículo 434A y 434B del Código Penal Colombiano y el régimen sancionatorio del Estatuto Tributario.


Sin embargo, una cosa muy distinta es la evasión fiscal y otra la elusión. La primera, como lo señala la normativa colombiana traída al caso, es el ocultamiento de la obligación tributaria con el fin de evadir el pago del impuesto. La segunda, consiste en evitar que la obligación tributaria sea aplicable.


Algunas formas de elusión fiscal puede ser precisamente la creación de sociedades comerciales, fideicomisos y, en fin, una amplia variedad de vehículos financieros en paraísos fiscales con el fin de que la obligación de pagar el impuesto de renta y complementarios, impuestos sobre los dividendos, etc., no se materialice o recaiga sobre un tercero ajeno al sistema tributario colombiano.


VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LOS PARAISOS FISCALES


La principal desventaja de los paraísos fiscales, sin duda alguna, es la disminución en la tributación del Estado colombiano. De hecho, según estudios del portal Tax Justice Network la existencia de paraísos fiscales ha conducido a una pérdida de recaudación mundial de alrededor de 200 mil millones de dólares cuyo equivalente para el PIB mundial es del 1%.


De igual manera, un uso indebido de los servicios brindados por estos territorios puede conducir a las sanciones administrativas y hechos delictivos mencionados anteriormente cuando, en vez de una eficiente elusión fiscal, se termina generando una evasión.


Sin embargo, frente a las ventajas de utilizar un paraíso fiscal como plataforma de operaciones, es posible encontrar las siguientes:


1. Mayor seguridad jurídica para la inversiones y capitales depositados en estos territorios pues, por norma general, las legislaciones tributarias de estas jurisdicciones son claras, sencillas de aplicar y con pocos cambios.


2. Disminución sustancial en la carga impositiva de las personas logrando pagar menos de un 6% de tributos.


3. Reducción del riesgo cambiario y la devaluación del peso colombiano cuando los usuarios de estos paraísos fiscales tienen negocios fijados en divisas extranjeras.


4. Protección eficiente del patrimonio frente a posibles embargos y afectaciones a la propiedad.



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